Publicado el 7 de abril de 2026
El Ministerio de Trabajo lo ha confirmado: el nuevo registro de jornada digital se aprobará en las "próximas semanas". Lo ha anunciado Joaquín Pérez Rey, secretario de Estado de Empleo y número dos de Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa de los datos de paro y afiliación de marzo.
Pérez Rey ha sido tajante en un mensaje clave: por más cambios que se introduzcan tras el informe del Consejo de Estado, la norma no se va a "desnaturalizar". Es decir, el núcleo del decreto se mantiene intacto. Y eso significa que el registro horario en España va a dar un giro completo.
El borrador de real decreto plantea que la norma entre en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. Pero ojo, porque hay una capa más: la digitalización del registro depende de la aprobación posterior de las órdenes ministeriales de desarrollo.
Una vez publicadas esas órdenes, las empresas tendrán un plazo de seis meses para adaptarse y cumplir con los nuevos requisitos. Es decir: el reloj empieza a correr de verdad cuando salgan las órdenes ministeriales, no antes.
En resumen
Próximas semanas → aprobación en Consejo de Ministros y publicación en BOE.
Después → órdenes ministeriales de desarrollo.
A partir de ahí → 6 meses para que tu empresa esté lista.
El propio Pérez Rey lo ha resumido sin rodeos: la regulación de 2019 no funciona. "La jornada no se cumple", ha afirmado, y ha añadido que "una norma que no sirve es el peor de los elementos para dar una falsa sensación de protección".
El RD-ley 8/2019 obliga a registrar la jornada, pero permite hacerlo en cualquier formato. Eso ha llevado a que muchas empresas sigan usando hojas de Excel, plantillas en papel o cuadernos manuales. Y la Inspección de Trabajo (ITSS) ha tenido un papel limitado para verificar el cumplimiento real.
El nuevo decreto da un salto que se venía pidiendo desde hace años:
Como dijo Pérez Rey: en plena era de los algoritmos y la inteligencia artificial, pretender que las anotaciones de horarios "se sigan haciendo en papel" es algo "carpetovetónico".
Aquí es donde está el debate político. El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, propuso ampliar el plazo de adaptación a un año completo para dar más margen a las empresas, especialmente a las pymes.
Trabajo lo ha rechazado de plano. Pérez Rey defiende que el texto ya recoge "flexibilidad" y que el margen de adaptación de seis meses es "más que suficiente".
Mientras el Ejecutivo negocia internamente, el mensaje para las empresas es claro: cuanto antes empieces a digitalizar, mejor. Esperar al último mes del plazo es la mejor receta para llegar tarde.
El Consejo de Estado emitió un informe con observaciones sobre el real decreto. Trabajo ha calificado esas aportaciones de "interesantes" y ha confirmado que se estudiarán para introducir los cambios necesarios. Pero Pérez Rey ha sido muy claro en dos puntos:
Traducción para empresas: por mucho ruido político y por muchos recursos que pueda preparar la CEOE, el espíritu del nuevo registro digital se va a mantener. Si tu plan es esperar a ver qué pasa, te puedes ahorrar la espera.
La obligación de registrar la jornada laboral aplica a todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena en España, sin importar el tamaño ni el sector. Eso incluye:
Hay algunas excepciones muy concretas (como ciertos directivos o relaciones laborales especiales), pero para la inmensa mayoría de pymes españolas, esto va con tu empresa. Si tienes empleados, necesitas un sistema de registro digital.
Si en tu empresa todavía se usan hojas de Excel, fichas en papel o un cuaderno físico para registrar la jornada, lo sentimos pero esos sistemas tienen los días contados. El nuevo decreto está pensado precisamente para eliminar ese tipo de prácticas.
Y las multas por incumplir el registro de jornada no son broma. Según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), pueden llegar hasta los 187.515€ en infracciones muy graves. Te lo contamos en detalle en nuestra guía sobre multas por no fichar en España.
La buena noticia: migrar a un sistema digital no es complicado. Y hacerlo ahora, antes de que el plazo apriete, te ahorra dolores de cabeza, llamadas urgentes a la gestoría y posibles inspecciones con sorpresa.
La forma más sencilla de adelantarse a la nueva normativa es empezar a usar un software de control horario digital que ya cumpla con los requisitos que se vienen. Con Timenow tienes:
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Empezar ahoraEl Ministerio de Trabajo ha confirmado que el real decreto se aprobará en las "próximas semanas" y entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. La aplicación de la digitalización dependerá de las órdenes ministeriales de desarrollo posteriores.
Una vez se publiquen las órdenes ministeriales de desarrollo, las empresas tendrán un plazo de seis meses para cumplir con los nuevos requisitos. Trabajo ha rechazado la propuesta de Economía de ampliar este plazo a un año.
El registro en papel o Excel deja de ser válido con el nuevo decreto. La norma exige un sistema 100% digital, con acceso remoto en tiempo real para la Inspección de Trabajo y trazabilidad de las modificaciones.
Las multas por incumplir el registro de jornada se rigen por la LISOS y van desde los 751€ (infracción leve) hasta los 187.515€ (infracción muy grave) por centro de trabajo afectado.
El registro de 2019 (RD-ley 8/2019) obliga a registrar la jornada pero permite cualquier formato, incluido papel o Excel. El nuevo decreto exige que el registro sea 100% digital, con acceso remoto para la ITSS, interoperabilidad y trazabilidad real de las modificaciones.
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